Persona Non Grata
Hoy, se dio a conocer la decisión del Estado Boliviano de declarar como persona non grata a la embajadora de México en Bolivia, ésta decisión se toma con fundamento en el Convenio de Viena sobre relaciones diplomáticas, el cual establece en su artículo 9 lo siguiente:
1. El Estado receptor podrá, en cualquier momento y sin tener que exponer los motivos de su decisión, comunicar al Estado acreditante que el jefe u otro miembro del personal diplomático de la misión es persona non grata, o que cualquier otro miembro del personal de la misión no es aceptable. El Estado acreditante retirará entonces a esa persona o pondrá término a sus funciones en la misión, según proceda. Toda persona podrá ser declarada non grata o no aceptable antes de su llegada al territorio del Estado receptor.
Artículo 9 párrafo Primero de la Convención de Viena Sobre Relaciones Diplomáticas
¿Se rompen relaciones diplomáticas entre Bolivia y México?
La respuesta a ésta interrogante es un simple “no”, sin embargo, la expulsión de la embajadora mexicana de Bolivia debe considerarse como una llamada de atención al rumbo que se está tomando en la relación de los dos paises.
Cuando se declara persona non grata al titular de una misión diplomática, como en éste caso la embajadora mexicana, lo que debe hacer el Estado acreditante (México), es determinar un nuevo embajador y con ello continuar la misión diplomática.
La embajada mexicana en Bolivia continuará laborando
La expulsión de la embajadora mexicana no implica en ningún momento que las relaciones bilaterales se interrumpen o se rompen.
La embajada deberá continuar laborando con normalidad, sin embargo, México deberá determinar quien se hará cargo de dicha embajada a la brevedad.