LA PERMUTA

Comencemos por saber ¿Qué es la permuta?

permuta

La permuta es un contrato por el cual, cada una de las partes se obliga a cambiar una cosa por otra, es decir, es el nombre técnico de lo que comúnmente conocemos como trueque.

Las partes en éste contrato se les conoce como “Permutante”

Clasificación

La permuta en su clasificación general es un contrato, consensual, reciproco, oneroso, conmutativo.

Éste tipo de contrato suele ser verbal lo que no le resta validez a la misma, sin embargo si la permuta se otorga sobre bienes inmuebles deberá constar en escritura pública.

Permuta mixta

La permuta puede darse entre objetos o bien de forma mixta, la permuta mixta es aquella en la que un bien se cambia por otro y que adicionalmente se entrega una cantidad determinada de dinero, ahora bien, algo muy importante a tomar en cuenta con una permuta mixta, es que la misma se considerará una compraventa cuando la cantidad en numerario supere el costo medio de los bienes intercambiados, y se considera permuta cuando la cantidad en dinero es menor al costo medio de los bienes intercambiados.

Obligación de los permutantes

Éste contrato se estructura de forma similar a la compraventa, sin embargo las obligaciones de las partes se consideran únicamente similares al del vendedor, ya que el comprador en el contrato de compraventa tiene la obligación de pagar un precio cierto y en dinero, mientras que el vendedor debe custodiar y entregar la cosa al comprador, por lo que, en la permuta, ambas partes tienen las obligaciones concernientes al vendedor en la compraventa, relacionados a la entrega y custodia del bien objeto del contrato.

En relación a la permuta mixta, el permutante que deba entregar una parte en dinero en el intercambio de bienes, tendrá las mismas obligaciones del comprador, del contrato de compraventa, en relación al pago cierto y en dinero al momento de darse la permuta mixta.

Ejemplo de permuta

Pese a que no se le denomine como tal, éste contrato es común en el comercio de automóviles, en los que suele realizarse permutas y no compraventas, ya que es común que la cantidad en dinero que se intercambian las partes es menor al valor promedio de los bienes intercambiados.

Rescisión

La rescisión en la permuta puede darse por ejemplo por vicios ocultos en la cosa intercambiada o por la permuta de cosa ajena, ante lo cual, al darse la rescisión deberán devolverse las partes los bienes intercambiados, si durante el lapso de la rescisión uno de los bienes sufrió daño, deterioro o destrucción, puede darse la rescisión pagando una cantidad determinada a la parte afectada.

VIDEO

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1 comentario de “LA PERMUTA”

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