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CONTROL DE CONVENCIONALIDAD Y CONSTITUCIONALIDAD

Comencemos por saber ¿Qué es un control de convencionalidad o constitucional?

Pues bien, es una tarea interpretativa y de análisis que realiza un juzgador, cuando se somete a su consideración o de forma oficiosa, determina la posibilidad de que una norma contraríe derechos humanos contenidos en tratados internacionales o en la constitución.

Control ex officio, difuso y concentrado

Ahora bien a este control de convencionalidad, le suelen ser impuestos algunos otros términos como ex officio o difuso. Veamos a que se refiere cada uno.

Control Ex Officio

Un control ex officio, implica que un juzgador puede realizar el análisis de constitucionalidad o convencionalidad, sin que las partes en un proceso necesariamente sean quienes le indiquen de forma expresa, es decir, el análisis sobre una norma para que el juzgador verifique si contraría o no derechos humanos se realiza de forma oficiosa por parte del juzgador.

Control difuso y concentrado

Por otra parte, un control difuso de convencionalidad o constitucionalidad, implica la inaplicación de una norma que contraríe derechos humanos, por parte de cualquier autoridad en el ámbito de su competencia. La contracara del control difuso es el control concentrado, el control concentrado de convencionalidad o constitucionalidad, en México, es ejercido por los órganos del Poder Judicial Federal, quienes analizan y determinan si una norma es contraria a la constitución o tratados internacionales, siendo la diferencia entre ambos tipos de control convencional y constitucional, que el control difuso implica que el proceso no necesariamente estriba sobre la constitucionalidad o convencionalidad de una norma, sino que la autoridad, determine si existe contravención a derechos humanos de oficio o a petición de parte y determine no aplicar dicha norma. En el control concentrado, el propósito de análisis no es accesorio sino que es la situación principal a determinar por parte del juzgador federal.

Requisitos para pedir control de convencionalidad y constitucionalidad

Es importante mencionar, que si tú quieres que un juzgador realice un análisis de convencionalidad o constitucionalidad, debes de seguir unas pautas mínimas que la propia Suprema Corte ha determinado en jurisprudencia, las cuales son:

1. Especificar la norma a la que se pretende se realice control de convencionalidad o constitucional, es decir no basta con decir que un código o ley violenta derechos humanos, sino que deberás específicar el o los artículos de la ley que quieres sean sometidos a análisis, y;

2. Especificar el derecho humano que se considera violentado, para que el análisis que realice el juzgador pueda estar orientado sobre una norma y derecho específico.

Ejemplo de control de convencionalidad y constitucionalidad

Como ejemplo de lo anterior podemos ver aquellos casos en los que parejas del mismo sexo buscan casarse, en donde especifican que la norma que cataloga al matrimonio como unión de hombre y mujer violenta su derecho a la no discriminación, con esto y aunado a la jurisprudencia encaminada en éste sentido, las personas del mismo sexo pueden casarse en cualquier lugar sin necesidad que la ley lo contemple de forma específica.

JURISPRUDENCIA sobre Control de Constitucionalidad y Convencionalidad

CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD Y CONVENCIONALIDAD. SU EJERCICIO DEBE SATISFACER REQUISITOS MÍNIMOS CUANDO SE PROPONE EN LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN.

Registro digital: 2008034

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CONCEPTOS DE VIOLACIÓN INOPERANTES CUANDO ALEGAN LA OMISIÓN DE ANÁLISIS DE CONTROL DIFUSO POR PARTE DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA DEL ESTADO.

Registro: 42046

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