Comencemos por recordar que dentro del nacimiento de las obligaciones que existen, tenemos una en particular que se denomina el pago de lo indebido, en el código civil federal puedes encontrar su fundamento en el artículo 1883 y esta figura la puedes encontrar también en los códigos civiles de las diferentes entidades federativas. La obligación que nace del pago de lo indebido, es el deber de la persona que recibe un pago sin causa, para devolverlo a la persona que realizó dicho pago ya sea por error o confusión.
Ahora bien, la ley contempla principalmente un factor importante a tener en cuenta, cuando se da la figura del pago de lo indebido, y es la buena o mala fe con la que se haya conducido la persona que acepta o recibe este pago de lo indebido, es decir, supongamos que se da el pago entre 2 personas, una de ellas sabe que el que está pagando está en un error y actúa para que el error persista. En el otro escenario tanto el que paga como el que recibe se encuentran en un error y no existe mala fe. Cuando existe mala fe del receptor se puede considerar adicional a la restitución del pago indebido, el pago de daños e intereses legales que corresponda.
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En un proceso, la carga de la prueba de haber realizado un pago indebido recae en el actor, es decir, si inicias un proceso de esta naturaleza como parte actora deberás tener los documentos o pruebas necesarios para que se acredite el haber realizado un pago, en caso de no contar con ellos podrías realizar previo a esto unos medios preparatorios para buscar la confesión del demandado. Por otra parte como demandado podrías argumentar la existencia de una obligación pagada, sin embargo de ser el caso debes acreditarlo en juicio, o bien determinar la devolución del pago indebido y orientar la defensa en prevenir una condena en daños e intereses legales
Veamos un ejemplo de cuándo puede ser utilizada esta figura.
Luis está a punto de realizar un depósito por 50 mil pesos a su hermano José, su hermano le pasa su número de cuenta y Luis realiza la transferencia, sin embargo cuando Luis manda su comprobante a José, éste se da cuenta que Luis se equivoco en el número de cuenta y que deposito a alguien más. En este caso Luis puede reclamar del 3ro a quien realizó el depósito accidental la devolución del dinero, y en caso de que se opusiera tendrá que iniciar el proceso para el reclamo del pago de lo indebido, para esto Luis tendrá que presentar el comprobante de que se realizó el depósito y que evidentemente se trató de un error.
Video explicando sobre el pago de lo indebido
Puedes ver esta explicación en video en el siguiente link:
https://youtu.be/62uumOAPdCo
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