EL JUICIO REIVINDICATORIO

Comencemos por saber, ¿Qué es un juicio reivindicatorio?

Juicio reivindicatorio

El juicio reivindicatorio o una reivindicación, es una acción derivada del derecho real de propiedad, en la que el propietario de un bien, ya sea mueble o inmueble, del cual no tiene la posesión, requiere judicialmente la devolución o puesta en posesión de su propiedad, respecto de un tercero.

Algo sumamente importante a tomar en cuenta, es que una reivindicación no se puede llevar a cabo cuando existe de por medio una relación personal entre el propietario y la persona en posesión del bien cuya reivindicación se pida, es decir, no se debe reivindicar una propiedad en arrendamiento o dada en comodato, ya que cuando existe una acción personal derivada de un contrato, es ésta la que debe ejercerse. Al respecto les recomiendo que vean la tesis de rubro: ACCIÓN REIVINDICATORIA, ES IMPROCEDENTE SI EXISTE UNA DE CARÁCTER PERSONAL, QUE DEBE INTENTARSE PREVIAMENTE.

Medios preparatorios en la acción reivindicatoria

Ahora bien, cuando existe un tercero, extraño para el dueño del bien en posesión de uno de sus bienes, lo primero que debe intentarse es conocer la causa de su posesión.

Ahora te preguntarás ¿Como lograremos saber la causa de la posesión del extraño?

Pues bien, para eso existen y sirven los medios preparatorios a juicio, te recomiendo que veas el video que tenemos al respecto, en los medios preparatorios para preparar un reivindicación, se debe citar a la persona en posesión para que declare ante un Juez, respecto de su calidad posesoria, y así este diga si existe o no causa para su posesión.

Una vez cerciorada la calidad posesoria y que no existe de por medio una acción personal diversa que ejercitar, se inicia la acción reivindicatoria.

Carga de la prueba en el juicio reivindicatorio

Es importante tomar en consideración que una acción reivindicatoria, implica una carga probatoria para el actor que es muy importante tomar en consideración.

1. El actor debe acreditar ser el propietario del bien cuya reivindicación se solicita, debiendo acreditar en juicio ésta propiedad con los medios probatorios idóneos, por ejemplo, la escritura pública de un inmueble.

2. El actor debe acreditar que el demandado está en posesión del bien a reivindicar, lo que podemos lograr con los medios preparatorios previos.

3. El actor debe acreditar la individualización del objeto a reivindicarse, esta carga probatoria es de especial relevancia, ya que, el juzgador debe saber que esta reclamando de forma específica el bien que se encuentra plasmado en el título de propiedad del actor, lo que atendiendo a cada caso específico, se puede lograr con diversas pruebas, como una inspección judicial o una pericial.

4. En el caso de prestaciones accesorias como daños y perjuicios, evidentemente se tendrán que acreditar de forma individual también al respecto también te recomiendo que veas el video sobre daños y perjuicios que tenemos en el canal.

La sentencia en la Reivindicación

Ahora bien, la consecuencia directa de una sentencia de reivindicación

Cuando se gana éste tipo de juicio su consecuencia es que se ordenará poner en posesión al propietario del bien a la brevedad posible, lo que se puede lograr en ejecución de sentencia en compañía del actuario y con auxilio de la fuerza pública.

Sin embargo, en el caso de que no se acredite la acción intentada y la sentencia salga en contra, la consecuencia será perder la posesión a favor del vencedor y en algunas legislaciones indica, que también se pierde la propiedad. Razón por la cual es muy importante acreditar correctamente los extremos de las pretensiones intentadas en éste tipo de procesos.

Video sobre el Juicio Reivindicatorio

Puedes ver el video con la explicación sobre el juicio reivindicatorio AQUÍ