DAÑO MORAL

¿Qué debe entenderse por daño moral?

daño moral

Bueno, el diccionario jurídico nos define al daño moral como “aquel daño que afecta la vida de una persona en su bienestar, honor o imagen propia”

El código civil federal lo considera como “ la afectación en los sentimientos, afectos, creencias, decoro, honor, reputación, vida privada, configuración y aspecto físico”

Ahora bien,

¿Cuándo podría considerarse que existe un daño moral en contra de una persona?

Bien, ésta figura del derecho civil suele ser mal interpretada o incluso confundida con lo que respecta a daños y perjuicios por lo que para poder explicar mejor la figura del daño moral te voy a poner dos ejemplos.

Ejemplo de Daño Moral

1. Sara acude al Seguro Social para atender su parto por cesarea, por cuestiones desconocidas el parto se complica y concluye el médico por realiazar una Histerectomía, es decir, la extirpación del utero, lo que la deja esteril de forma total. Sara ni su esposo firmaron un consentimiento informado respecto a la Histerectomía realizada y tenían planes para formar una familia más grande. Por lo que ante la alteración al cuerpo de Sara, recurren a pedir una indemnización.

Este caso encuadra en daño moral, y se puede diferenciar en grán medida de daños y perjuicios, ya que la cirugía no autorizada no conllevó como tal un menoscabo al patrimonio de Sara es decir Daños, ni tampoco conllevó que se impidiera continuar con su trabajo o su ganancia licita, por lo que tampoco existió un Perjuicio.

Sin embargo si se daño la vida privada, sentimientos, configuración y aspecto físico de Sara. Por lo cual, se puede acudir a juicio a demandar al médico.

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Ejemplo 2

2. Luis iba cruzando en un cruce peatonal cuando derrepente un camión sin frenos lo impacta. Afortunadamente Luis sale con vida del percance, sin embargo el accidente tuvo como consecuencia la necesidad de amputarle sus dos piernas. Ahora bien, indistintamente de la acción penal correspondiente, Luis tiene derecho a una reparación de daño derivada del Daño Moral ocasionado.

El Daño Moral en Luis es determinado por el cambio en su aspecto físico y facultades de movilidad que se han visto mermadas a raíz del accidente. En éste ejemplo adicionalmente al daño moral, si Luis acredita que sufrió perjuicios al no poder continuar laborando podrían reclamarse también éstos.

Ahora bien, una vez teniendo en cuenta el espectro de posibilidades que implica un Daño Moral, debemos tener una idea de…

¿Cómo se calcula el importe de indemnización?

Pues bien, la legislación federal indica que el juez determinará el monto tomando en cuenta los derechos lesionados, el grado de responsabilidad, la situación económica del responsable, y la de la víctima, así como las demás circunstancias del caso. Es decir, no determina un monto exacto o una forma para calcularlo, por lo que lo deja cien por ciento a determinación judicial.

Por otra parte, en algunas legislaciones locales, la indemnización por daño moral suele estar topada, lo que en un criterio aislado emitido por los tribunales colegiados ha sido determinado como Inconvencional. Al respecto les comparto en los comentarios el texto de la tesis de rubro: REPARACIÓN DEL DAÑO MORAL EN CASO DE PÉRDIDA DE LA VIDA. EL ARTÍCULO 132 DEL CÓDIGO CIVIL PARA EL ESTADO DE QUINTANA ROO, AL LIMITAR SU CUANTIFICACIÓN MEDIANTE LA FIJACIÓN DE UN MÍNIMO Y UN MÁXIMO PARA SU PAGO, ES INCONVENCIONAL.

Explicación en Video

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