EL CONCURSO MERCANTIL

Comencemos por saber ¿Qué es exactamente un concurso mercantil?

EL CONCURSO MERCANTIL

Pues bien, el concurso mercantil es proceso que se lleva a cabo, cuando una empresa o negocio, tiene problemas para cubrir los pagos con sus acreedores, y ante un incumplimiento generalizado se puede requerir se de inicio a éste proceso, el cual consta de 2 etapas, la primera de ellas una conciliación en dónde se buscará que la empresa pueda continuar operando y cumpliendo con sus obligaciones y en aquellos casos en que ésto no sea viable, se dará inicio a la declaración de quiebra. Es importante mencionar que el concurso mercantil se regula por su legislación especial, es decir la Ley de Concursos Mercantiles.

Ahora bien, ¿Quién puede iniciar un proceso de concurso mercantil?

La ley nos indica que la legitimación recae en 3 personas, en primer lugar el propio comerciante, quien puede llegado un punto de inflexión en el pago de sus pasivos, solicitar el inicio del concurso mercantil, en segundo lugar los acreedores, un acreedor que tenga el temor de perder su capital ante el comerciante insolvente puede solicitar el inicio del proceso de concurso mercantil y finalmente el Ministerio Público, quien también puede dar inicio al proceso de concurso mercantil en caso de estimarlo necesario.

Procedencia

Para que proceda el inicio de un concurso mercantil, la ley establece hipótesis muy concretas para su inicio, las que se contemplan a partir del artículo 9 de la ley, estableciéndose de forma general que el comerciante tenga un incumplimiento generalizado de sus obligaciones, lo que se puede presumir cuando existen 2 o más acreedores a los que el comerciante no le haya pagado y además dichas obligaciones de pago tengan más de 30 días de vencidas, así mismo el comerciante debe carecer de activos que cubran al menos el 80% de sus obligaciones contraídas.

En estos casos, el juzgado que conoce de éste tipo de procesos es un juez federal, usualmente existen juzgados especializados, de no ser el caso puede ser uno de competencia mixta. Cuando se admite el proceso, interviene un Visitador, quien será la persona encargada de revisar el flujo de efectivo de la empresa, así como los clientes, cuentas por cobrar y todo el análisis necesario para determinar si la empresa es viable para continuar operando o bien se determine su liquidación. Los honorarios del visitador deberán ser cubiertos por la empresa en concurso.

Sentencia que declara el concurso mercantil

Una vez desahogada la etapa relacionada a las visitas de verificación, se procederá a emitir la sentencia de concurso mercantil, y en su caso dentro del proceso se decretarán algunas providencias, entre las que se encuentran: La declaración de apertura de la etapa de conciliación, salvo que se haya solicitado la quiebra del Comerciante, El mandamiento al Comerciante para que permita al conciliador y a los interventores, la realización de las actividades propias de sus cargos, La orden al Comerciante de suspender el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a la fecha en que comience a surtir sus efectos la sentencia de concurso mercantil; salvo los que sean indispensables para la operación ordinaria de la empresa, La orden de suspender durante la etapa de conciliación, todo mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del Comerciante, a esta orden se exceptuarán los embargos y ejecuciones de índole laboral.

Es importante para los acreedores, que soliciten su reconocimiento de crédito frente al comerciante puesto a concurso mercantil, a quienes se les concede un plazo de 20 días posteriores a la publicación de la sentencia de concurso mercantil en el Diario Oficial de la Federación.

Durante el proceso de reconocimiento de créditos, se nombrará un conciliador, quien pugnará por que el comerciante y sus acreedores llegue a un acuerdo respecto del pago de los pasivos, el acuerdo puede ser realizado y vinculante mientras sea suscrito por más del 50% de los pasivos del comerciante. En el caso de que no se llegue a un arreglo se podrá solicitar se emita una sentencia de quiebra.

Declaración de Quiebra

Cuando se declara la quiebra de un comerciante, implica la liquidación de sus activos, los cuales se venderán para ir pagando a los acreedores en el orden de prelación que se determine, siempre teniéndose preferencia en el pago del fisco y de los trabajadores. Si los bienes son insuficientes para pagar todas las obligaciones del comerciante, se pagará proporcionalmente a los acreedores reconocidos hasta donde alcancen los bienes del comerciante.

CONCLUSIÓN DEL PROCESO

El concurso mercantil concluye por convenio entre acreedores y comerciantes o bien, mediante sentencia que declare la quiebra y pago proporcional a los acreedores de conformidad con los bienes inventariados del comerciante. Es importante mencionar que la declaración de quiebra conlleva ciertas restricciones para el comerciante, como por ejemplo limitar su capacidad de ejercer el comercio y su capacidad de disponer de sus bienes.

Este es un tema muy extenso, pero también muy interesante, dejame en los comentarios si te gustaría un video relacionado a alguna figura específica del concurso mercantil.

Video

Puedes ver ésta explicación en video en el siguiente link:

https://youtu.be/Y_dlN9VoCeA

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