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EL CONTRATO DE OBRA

Empecemos por saber, que el contrato de obra se puede considerar como un contrato especial, ya que implica en cierta medida un tipo de prestación de servicio especial, el cual podemos definirlo como aquel contrato mediante el cual una persona a la que comúnmente se le denomina empresario o contratista, realiza una obra por encargo del dueño de un determinado bien.

En este tipo de contrato usualmente la planeación, diseño y construcción quedará a cargo del empresario, siendo la contraprestación en este caso a cargo del dueño, la del pago de un precio determinado. Siendo importante mencionar, que este contrato admite dos modalidades, la primera y más común es el de precio alzado la que implica que los costos pactados en un inicio pueden variar atendiendo a la volatilidad del alza de precios en insumos y jornales que sean necesarios para el desarrollo de la obra o bien, se puede pactar en la modalidad de ajuste cerrado o precio determinado, en donde el empresario deberá realizar la obra de acuerdo al presupuesto planeado inicialmente sin que sea admisible aumento alguno.

Existen múltiples condiciones en este contrato que deben ser pactadas para que pueda ser un contrato efectivo, entre las que se encuentran, la calidad de los materiales empleados, la planeación y diseño de la obra, la responsabilidad del personal ejecutante, la responsabilidad en caso de daños y también la responsabilidad en caso de vicios ocultos.

En este tipo de contratos, cuando existe desavenencia entre las partes, será necesaria la intervención de peritos para que se determine si existe responsabilidad por parte del empresario o bien si los desperfectos en la obra son casos fortuitos. En el caso de bienes muebles el empresario en caso de falta de pago tiene derecho de retención de la cosa hasta en tanto su pago sea garantizado.

Es importante mencionar que en este contrato para evitar problemas entre el dueño y el personal ejecutante, es prudente que el dueño pida al empresario que acredite que cumple con sus obligaciones en materia laboral, y del cual se desprende un contrato de trabajo especial que es el contrato de trabajo por obra determinada del cual déjame en los comentarios si te gustaría un video especial.

Video sobre el contrato de obra

Puedes ver esta explicación en video en el siguiente enlace:
https://youtu.be/DgLYluQh_Bwhttps://youtu.be/DgLYluQh_Bw

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